Icono del sitio Escuela de Geología Profesional

Guía del promotor de cursos de la Escuela de Geología

Esta guía ha sido aprobada por la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG).

EL ICOG ha regulado la organización e impartición de cursos mediante el Procedimiento General PG-07 “Diseño y control de cursos” y la Instrucción de trabajo IT-06 “Planificación e impartición de cursos”.

Este documento complementa la regulación existente en los aspectos prácticos procedimentales a seguir por el promotor y en el marco económico y costes asociados a las actividades formativas.

La presente Guía es de aplicación a aquellas acciones formativas desarrolladas por la Escuela de Geología Profesional del ICOG, bien sean promovidas por un colegiado o por una empresa, en formatos de gestión interna o externa respectivamente.

No están sujetas a esta Guía las acciones formativas desarrolladas por las Delegaciones del ICOG en virtud de sus competencias estatutarias y reglamentarias, que no obstante podrán voluntariamente ajustarse a esta Guía en tanto que no desarrollen su propia normativa específica.

Se excluyen los convenios de colaboración formativa que se establezcan entre el ICOG y academias especializadas, de manera que las acciones impartidas se regirán por los términos y condiciones fijados en los citados convenios.

Los cursos se desarrollan normalmente en la modalidad de “Gestión Interna”, en la que todos los intervinientes terceros (promotor, coordinador y profesorado) son personas físicas, y es el ICOG quien realiza la administración del curso y los pagos directos a las personas físicas que colaboran en el curso en sus diferentes competencias (Promoción, Coordinación y profesorado), sobre la distribución indicada anteriormente para cada caso y realizando las correspondientes retenciones del IRPF y exenciones de IVA.

Los cursos de “Gestión Externa” serían los realizados por una empresa ajena al ICOG, entre cuyos objetos sociales estaría la promoción y desarrollo de acciones formativas, y donde es la empresa la que decide y administra el pago a terceros, manteniendo invariable la asignación al ICOG en función de los resultados de las encuestas de satisfacción que se mencionan más adelante.

GUÍA DEL PROMOTOR DE CURSOS (pdf)

Salir de la versión móvil